Las empresas gestoras del agua prestan y facturan un servicio
El agua no se privatiza, siempre es de todos. El ayuntamiento decide el modelo de gestión del servicio, directo o indirecto, pero no puede renunciar a su titularidad, ni a ejercer control sobre el mismo.
La titularidad y responsabilidad del servicio es siempre de la Administración
El agua en España es un bien de titularidad y responsabilidad pública. La Administración no puede renunciar a ejercer el control en la prestación del servicio. Estas son sus competencias:
Muchos municipios deciden confiar en empresas especializadas la gestión de este bien de dominio público. Estas empresas, colaboradoras de la Administración Pública, aportan las soluciones que demandan los municipios, respetando el medioambiente y la sostenibilidad del recurso, buscando además la satisfacción del ciudadano:
El agua en España es un bien de titularidad pública siendo el abastecimiento a la población el uso prioritario del recurso. Este abastecimiento, y la posterior evacuación y tratamiento de las aguas residuales es una competencia propia municipal. Esta gestión está regulada, y se ejerce bajo la supervisión de diferentes administraciones públicas, la primera de ellas el Ayuntamiento o Mancomunidad, según el caso, que es el titular del servicio y propietario de las infraestructuras.
El establecimiento de la gestión de los servicios de agua urbana y de las tasas por los mencionados servicios es una competencia municipal y deberá hacerse de la forma más sostenible y eficiente eligiendo entre una gestión directa o una gestión indirecta. La gestión indirecta o concesión a una empresa del servicio de gestión del agua, nunca es una sustracción de bienes públicos por el sector privado.