Falso mito 05

Las empresas ponen el precio del agua

Las empresas NO venden agua: prestan y facturan un servicio

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El ayuntamiento, como titular del servicio, es el único que puede modificar la tarifa del agua. Así lo establece la ley.

El agua es un bien sin precio de mercado y de titularidad siempre pública

¿QUIÉN FIJA LA TARIFA DEL AGUA Y EN BASE A QUÉ?

El responsable de fijar y modificar las tarifas del servicio de gestión del agua en los municipios es el ayuntamiento. Así se establece en la Ley 71/1985 del 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.

La tarifa del agua es aprobada siempre por el ayuntamiento, por periodos de tiempo normalmente anuales.

¿POR QUÉ LA TARIFA DEL AGUA ES DIFERENTE EN CADA MUNICIPIO?

La Directiva Marco del Agua (DMA) de la UE señala que los servicios de gestión del ciclo integral del agua deben velar por la sostenibilidad financiera de los mismos recogiendo en la factura todos los costes necesarios para la prestación del servicio.

El coste del agua conlleva una parte fija, por la disponibilidad e infraestructuras y una parte variable, que depende del consumo.

En el recibo del agua deben contemplarse los costes del ciclo completo y de sus infraestructuras, pero además, en ocasiones, se incluyen otros conceptos. El siguiente gráfico refleja el porcentaje que en el recibo del agua de una familia media suponen los aspectos relacionados con el ciclo integral del agua(*):

¿EL MODELO DE GESTIÓN INFLUYE EN LA TARIFA DEL AGUA?

Respecto al modelo de gestión del servicio no se puede generalizar en cuál de ellos la tarifa del agua es más cara o más barata pues depende de las características y necesidades del servicio, así como de otros costes que se incluyen en la factura.

De hecho, los factores que en realidad influyen en el importe de la tarifa son de otra naturaleza, como la eficiencia del servicio, el grado de cobertura de los costes reales en tarifa o las inversiones efectuadas en renovación y ampliación de infraestructuras.

Por este motivo, la naturaleza del operador Sí condiciona el precio del agua, pero lo condiciona favorablemente para el ciudadano:

La tarifa del agua en España es aprobada y, en su caso, modificada, por el ayuntamiento. Es perfectamente posible que el coste del servicio de la gestión del ciclo del agua sea menor si el operador es privado, ya que dicho precio depende de las circunstancias específicas en las que debe prestarse dicho servicio, de la eficiencia con que se preste y del valor de todos los servicios prestados e inversiones realizadas.

Lo que es exigible a un operador privado es que el servicio sea prestado y las inversiones realizadas en su conjunto de una manera más eficiente y beneficiosa para el ciudadano de lo que serían en caso de cualquier otra alternativa.

Los costes del servicio, tan esencial como complejo y, en muchos casos, desconocido para el ciudadano, se han elevado debido a la complejidad y tecnificación que exigen los procesos de captación, tratamiento o potabilización, distribución, recogida de las aguas usadas, depuración y, en su caso, regeneración para otros usos, y sobre todo, por la realización de inversiones en renovación y ampliación de las infraestructuras necesarias.

Fuentes:

(*) Estudio realizado por Aqualia en los principales servicios de una Comunidad Autónoma española